En un chat profesional… No todo vale

En un gran número de empresas, los trabajadores disponen de un servicio de mensajería profesional que les permite comunicarse en grupos cerrados. Se trata de una herramienta muy útil pero, tras las revelaciones relacionadas con el asunto de «la liga del LOL», debemos replantearnos si todo está permitido en el uso de este tipo de recursos…

La «liga del LOL»: cuando el uso de una mensajería profesional se convierte en un problema

El pasado febrero se destapó un asunto realmente escandaloso: la liga del LOL. Se trata de un suceso ocurrido en Francia, donde varios periodistas aprovecharon los grupos cerrados en su mensajería profesional para intercambiar insultos y contenido racista y sexista que afectaba a terceras personas.

Para empezar, fue en el seno de la redacción de Vice donde una decena de hombres empezaron a hacer chistes sexistas sobre las mujeres. Después, en la redacción del HuffPost, se creó otro grupo cerrado en Slack, lleno de comentarios insultantes, racistas y sexistas.

En ambas situaciones, la empresa actuó sin miramientos en cuanto tuvo conocimiento de la existencia de estos grupos cerrados dentro de la mensajería profesional, pero sobre todo de las cuestiones que se trataban en ellos: directamente despidió a los miembros más activos.

Se han levantado algunas voces para denunciar estas decisiones argumentando que se trataba de cuestiones tratadas en el marco de «conversaciones privadas». Otros consideran que el uso de una mensajería profesional con estos fines implica directamente a la empresa y justifica las drásticas decisiones de los jefes.

Dicho de otra manera, lo que realmente subyace tras el asunto de la liga del LOL son los límites de lo que es legal o no, de lo que se puede hacer y lo que no, en el uso de una mensajería profesional.

Las menciones insultantes en un grupo cerrado de una mensajería profesional son condenables

Probablemente la justicia deberá pronunciarse sobre los protagonistas de la liga del LOL, despedidos por sus mensajes insultantes, racistas y sexistas. Y todo parece indicar que su comportamiento es punible.

De hecho, ya existe jurisprudencia previa y han habido condenas consecutivas por «graves declaraciones» realizadas en grupos cerrados utilizando mensajerías profesionales. En estas situaciones, los jueces no han tenido en cuenta el número de miembros de estos grupos, y sí han dado mucha importancia a la naturaleza de las declaraciones realizadas.

Siempre que han sido consideradas excesivas, los jueces han legitimado las sanciones a los asalariados basadas en el uso de conversaciones privadas. Recordemos que el empresario debe actuar positivamente para proteger a sus empleados del acoso. Por lo tanto, no le queda más remedio que actuar…

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